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Martes, 18 Agosto 2020 15:43

Tesorería Nacional inicia Procedimiento para el Registro de Firma de Autoridades Gubernamentales en el período 2020-2024.

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Imagen -  Procedimiento para el Registro de Firma de Autoridades Gubernamentales en el período 2020-2024. Imagen - Procedimiento para el Registro de Firma de Autoridades Gubernamentales en el período 2020-2024. Imagen - Procedimiento para el Registro de Firma de Autoridades Gubernamentales en el período 2020-2024.

La Tesorería Nacional informó que en atención a lo establecido en la ley 567-05 sobre apertura, cierre y gestión de cuentas bancarias que operan en instituciones públicas inició el Procedimiento para el Registro de Firma de las Autoridades Gubernamentales para el período 2020-2024 en Cuentas Bancarias Oficiales en Banco de Reservas.

Una nota de prensa de la institución indica, que establece dicho procedimiento como ente responsable del registro de Firma de los funcionarios autorizados a girar pagos  de dichas cuentas, para el Registro de Firma de las nuevas autoridades gubernamentales.

Agrega que el procedimiento alcanza el registro de firma para las autoridades designadas por el Presidente de la República Luis Abinader y que conformaran el gabinete 2020-2024 en las cuentas bancarias oficiales aperturadas en el Banco de Reservas.

Explica que los requisitos para firma de las nuevas autoridades son los siguientes: enviar una comunicación dirigida al Tesorero Nacional, firmada y sellada por la máxima autoridad de la institución, solicitando el registro de su firma e indicando las cuentas bancarias que posee la institución, fotocopia del Decreto Presidencial que le nombra en el cargo, fotocopia a color de la Cédula de Identidad y electoral (ambos lados), tres (3) tarjetas de firma por cada cuenta bancaria en la que se registrará la firma (Firmada en Azul), un Formulario de Cliente Vinculado por cada cuenta bancaria (Firmado en Azul), formulario FATCA debidamente completado.

Mientras que los pasos para tramitar la documentación a la TN son los siguientes: la documentación requerida, será depositada en la Tesorería Nacional en horario de 8:00 am a 3:00 pm., La Tesorería Nacional procederá a verificar que los formularios y documentación presentada cumple con los estándares definidos y una vez estén validados remitirá al Banco de Reserva las autorizaciones en un plazo no mayor a cinco (5) días laborables, el Banco, de acuerdo a su protocolo interno, procederá a los registros de firma autorizados, y en  caso de que exista alguna inconsistencia o se requiera completar algún formulario, técnicos de la Tesorería Nacional contactarán vía telefónica.

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